En Coquimbo, República de Chile, a @php echo date('d'); @endphp de @php $mes_actual= date('m');
switch ($mes_actual) {
case 1:
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@endphp año @php echo date('Y').','; @endphp Yo {{$item->Nombres_Apoderado}}, cédula de identidad número {{$item->Rut_Apoderado}} vengo en conferir el siguiente mandato especial:
PRIMERO: Por instrumento privado de esta misma fecha he celebrado con la “CORPORACIÓN EDUCACIONAL AVENTURA”, un contrato de prestación de servicios educacionales en la forma y condiciones que en dicho instrumento se indican. SEGUNDO: Por el presente documento, vengo en otorgar poder especial a la SOCIEDAD EDUCACIONAL CABO ALTO LIMITADA, rol único tributario número 76.033.639-4, domiciliada en calle Portales 962, Parte Alta, Coquimbo, a fin de que en mi nombre y representación, acepte letras de cambio, suscriba pagarés, con o sin obligación de protesto, autorice la firma del o los representantes de SOCIEDAD EDUCACIONAL CABO ALTO LIMITADA ante notario público y reconozca deudas en beneficio de la “CORPORACIÓN EDUCACIONAL AVENTURA”, por los montos, capital, intereses, impuestos y costas que se le adeuden con ocasión del contrato de prestación de servicios educacionales celebrado con la mencionada sociedad. TERCERO: La obligación de rendir cuenta de este mandato, se entenderá cumplida, para todos los efectos legales con el envío por parte SOCIEDAD EDUCACIONAL CABO ALTO LIMITADA, del o los actos suscritos en representación del mandante al domicilio o a la dirección de correo electrónico registrada en las bases de datos del Colegio administrado por la“CORPORACIÓN EDUCACIONAL AVENTURA”. CUARTO: Este mandato no se entenderá extinguido por haberse ejercido en una o más oportunidades. La suscripción o aceptación de los mencionados pagarés o letras de cambio, no constituirá novación de las obligaciones en ellos documentadas, pues solo tienen por objeto documentar en título ejecutivo tales obligaciones y así facilitar su eventual cobro judicial. QUINTO: La revocación del mandato, por cualquier motivo, siempre y cuando se hayan extinguido todas las obligaciones para con “CORPORACIÓN EDUCACIONAL AVENTURA”, solo tendrá efecto a contar de los 15 días hábiles siguientes al aviso dado por escrito en tal sentido, el cual deberá ser efectuado a través de notario público, mediante carta dirigida al efecto al representante legal de SOCIEDAD EDUCACIONAL CABO ALTO LIMITADA. SEXTO: Este mandato no se extinguirá por la muerte del mandante y, por tanto, podrá ser ejecutado por la mandataria después de su muerte en conformidad a lo previsto en el artículo 2169 del Código Civil. SÉPTIMO: Por este acto, el titular otorga poder especial y gratuito a SOCIEDAD EDUCACIONAL CABO ALTO LIMITADA, rol único tributario número 76.033.639-4, domiciliada en calle Portales 962, Parte Alta, Coquimbo, a fin de que esta última, por medio de sus mandatarios o de la o las personas que designe, y actuando en su nombre y representación, sea notificada y acepte la cesión total o parcial de los créditos que “CORPORACIÓN EDUCACIONAL AVENTURA”,tenga o llegue a tener con motivo u ocasión del contrato de prestación de servicios educacionales singularizado la cláusula primera.
FIRMA: _____________________________________
NOMBRE: {{$item->Nombres_Apoderado}}
RUT: {{$item->Rut_Apoderado}}